¿Quiénes?

Se censan a personas graduadas de carreras de pregrado, grado y posgrado de la FAHU o de otras instituciones pero que trabajen en la FAHU como docentes o nodocentes.

 

¿Cuándo?

El censo se realizará del 1° al 31 de marzo de 2024. Al ser un censo online, el sistema estará disponible las 24 hs. y de lunes a domingos.

 

¿Dónde?

En este formulario electrónico.

 

¿Puedo realizar la carga en diferentes sesiones?

No. El sistema no guarda la carga parcial de las respuestas.

 

¿La única manera de completar el censo es online?

Sí.

 

¿Puede completarse desde el celular?

Sí.

 

¿La información brindada será considerada confidencial?

Sí. El censo no es anónimo porque necesitamos verificar la validez de la identidad de la persona que responde, pero el procesamiento de la información es siempre agregado, se hace independientemente de su identidad.

 

¿Cómo se resguardará la confidencialidad?

Toda la información volcada en el cuestionario es confidencial y se encuentra protegida por la Ley Nacional de Estadísticas Nº 17.622[1] y por la Ley de Protección de Datos Nº 25.326.[2]

 

¿Tenés dificultades para completar el cuestionario?

Si se le presentan dificultades o dudas respecto de cómo responder a las preguntas, etc., dirigirse a departamento.posgrado@fahu.uncoma.edu.ar.

 

[1] Ley 17.622, art. 10°: “Las informaciones que se suministren a los organismos que integran el Sistema Estadístico Nacional, en cumplimiento de la presente ley, serán estrictamente secretos y sólo se utilizarán con fines estadísticos. Los datos deberán ser suministrados y publicados, exclusivamente, en compilaciones de conjunto, de modo que no pueda ser violado el secreto comercial o patrimonial, ni individualizarse las personas o entidades a quienes se refieran. (…)”.

[2] Ley 25326, art. 10° “1. El responsable y las personas que intervengan en cualquier fase del tratamiento de datos personales están obligados al secreto profesional respecto de los mismos. Tal obligación subsistirá aun después de finalizada su relación con el titular del archivo de datos. (…)”.

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